6. Sanciones
6.1 Sanciones IC
El no cumplimiento de cualquier obligación.
El porte de arma estando en servicio.
El uso de sustancias ilícitas estando de servicio.
Realizar cualquier tipo de acto ilícito estando de servicio.
El tráfico de indumentaria.
Conducción temeraria, cuando no se está en una emergencia.
Falta de respeto/maltrato a ciudadanos o autoridad.
Falta de respeto/maltrato a un compañero o superior.
No atender llamados estando de servicio sin un debido aviso (2.5).
No presentarse a trabajar durante varios días sin previa justificación.
6.2 Sanciones administrativas.
Venta o distribución de material bomberil.
Estar AFK mientras se esté de servicio más de 10 minutos.
Corrupción en el cargo de Bomberos
No valorar la vida del personaje.
TODO PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS QUE INCUMPLA LA NORMATIVA SERÁ SANCIONADO SEGÚN LA GRAVEDAD DEL ERROR.
Las faltas serán clasificadas en leve, grave y muy grave dependiendo de la situación y de la falta cometida al reglamento interno y normativa LSFD.
El Bombero presenta una sanción leve: Se le permitirá asistir al Cuartel pero no a las emergencias será destinado a consultas solamente en el Cuartel (Central de bomberos)
El Bombero presenta una sanción Grave: Se le suspenderá del servicio por 3 días a partir de que es notificado, este no podrá colocarse en servicio, ni asistir al Cuartel a excepción de una emergencia física.
El Bombero presenta una sanción muy grave: Será evaluado su caso y juzgado ante un tribunal IC compuesto por los oficiales de más rango de la Bombero, quien dictará su sentencia.
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