6. Sanciones

6.1 Sanciones IC

  • El no cumplimiento de cualquier obligación.

  • El porte de arma estando en servicio.

  • El uso de sustancias ilícitas estando de servicio.

  • Realizar cualquier tipo de acto ilícito estando de servicio.

  • El tráfico de indumentaria.

  • Conducción temeraria, cuando no se está en una emergencia.

  • Falta de respeto/maltrato a ciudadanos o autoridad.

  • Falta de respeto/maltrato a un compañero o superior.

  • No atender llamados estando de servicio sin un debido aviso (2.5).

  • No presentarse a trabajar durante varios días sin previa justificación.

6.2 Sanciones administrativas.

  • Venta o distribución de material bomberil.

  • Estar AFK mientras se esté de servicio más de 10 minutos.

  • Corrupción en el cargo de Bomberos

  • No valorar la vida del personaje.

TODO PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS QUE INCUMPLA LA NORMATIVA SERÁ SANCIONADO SEGÚN LA GRAVEDAD DEL ERROR.

Las faltas serán clasificadas en leve, grave y muy grave dependiendo de la situación y de la falta cometida al reglamento interno y normativa LSFD.

  • El Bombero presenta una sanción leve: Se le permitirá asistir al Cuartel pero no a las emergencias será destinado a consultas solamente en el Cuartel (Central de bomberos)

  • El Bombero presenta una sanción Grave: Se le suspenderá del servicio por 3 días a partir de que es notificado, este no podrá colocarse en servicio, ni asistir al Cuartel a excepción de una emergencia física.

  • El Bombero presenta una sanción muy grave: Será evaluado su caso y juzgado ante un tribunal IC compuesto por los oficiales de más rango de la Bombero, quien dictará su sentencia.

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