Capítulo II: Agresiones y disturbios
De las agresiones, los disturbios y las conductas erróneas
Artículo 2.1 Disturbios en la vía pública:
Se apresará a un ciudadano cuando éste se halle en un conflicto que incluya agresión física o daños materiales a las propiedades privadas o públicas. Sanción: Multa de 550$. 15 meses
Artículo 2.2 Agresión:
Un ciudadano será detenido cuando intente agredir o agreda físicamente a otro. Sanción: Multa de 900$, y el agresor deberá indemnizar al agredido según la evaluación de un especialista médico, la indemnización puede ser entre 1.000 y 2.000. 15 meses de presidio
Artículo 2.3 Alteración del orden público:
Individuo que intenta o que altera el orden público con una actitud exaltada, insultando a los civiles o gritando sin parar. Sanción: Multa $600 y 15 meses
Artículo 2.4 Prostitución en la vía pública:
Toda persona que ofrezca favores sexuales en la vía pública. Sanción: Multa de 1000$. 15 meses de prisión
Artículo 2.5 Comercialización ilegal:
Venta o proporciona miento de servicios de todo tipo sin los permisos necesarios del ayuntamiento. Sanción: Multa entre de 1000$. Presidio de 25 meses. Incautación del material en venta.
Artículo 2.6 Conducta desenfrenada:
Tratando de incentivar a una multitud a acudir a la violencia y al desorden. Sanción: Multa de 900$. presidio 25 meses.
Artículo 2.7 Inducir al delito:
Incentivar a alguien a delinquir o por medios de engaños o chantajes, obligar a un individuo a cometer un delito. Sanción: Multa de $1000 y Cárcel de 20 meses
Artículo 2.8 Implicación en una organización ilegal:
Cuando un individuo es detectado realizando actividades ilegales en grupo de manera directa o indirecta. Sanción: Multa de $3000 Cadena perpetua (x1)
Artículo 2.9 Intento de violación:
Intentar forzar a un individuo (en contra de su voluntad) a hacer actos sexuales de cualquier categoría. Sanción: Multa de $3000 y 40 meses. (Esta sanción prevalece a los artículos 2.13)
Artículo 2.10 Intento de violación a un menor de edad:
Intentar forzar a un menor de edad (-18) a hacer actos sexuales de cualquier categoría. Sanción: Multa de $4000 y 45 meses.
Artículo 2.11 Violación:
Forzar a un individuo (en contra de su voluntad) a hacer actos sexuales de cualquier categoría. Sanción: Multa de $5000 y Cadena perpetua (x1)
Artículo 2.12 Violación a un menor de edad:
Forzar a un menor de edad (-18) a hacer actos sexuales de cualquier categoría. Sanción: Multa de $8000 y Cadena perpetua (x1)
Artículo 2.13 Abuso de menores:
Aprovecharse de la inocencia de un menor de edad (-18), para cualquier objetivo determinado. En el caso de las relaciones sexuales, a un ciudadano se le podrá imputar este artículo, cuando el menor acceda a ello por voluntad propia. Sanción: Multa de $4000 y Cadena perpetua (x1)
Artículo 2.14 Racismo:
Agredir verbalmente o menospreciar a un individuo por su condición étnica. Sanción: Multa de $900 y 10 meses.
Artículo 2.15 Suplantación de identidad:
Todo aquel individuo o individuos que se hagan pasar por otra persona sin su consentimiento legal. Sanción: Multa de $1100 y 25 meses de presidio.
Artículo 2.16 Acoso psicológico:
Todo aquel individuo que persigue sin tregua ni descanso o moleste a causa de peticiones y preguntas a otro individuo. Sanción: Multa de $1300 y 20 meses de presidio.
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