Capítulo IV: Armas de fuego
De las armas de fuego y su porte
Artículo 4.1 Posesión ilegal de armas:
De todo ciudadano que posea una o más arma sin su salvoconducto correspondiente o con uno falsificado. Sanción: Multa $1000 y 20 meses de presidio e incautación del arma.
Artículo 4.2 Posesión de armas ilícitas con intención de contrabando:
Consta de aquel individuo que sea detenido con una cantidad de dos armas o superior a ello sin el salvoconducto correspondiente para cada una. Sanción: Multa $3000 y 40 meses de presidio.
Artículo 4.3 Tráfico de armas:
Entiéndase como todo ciudadano que sea evidenciado realizando un intercambio de armamento ilícito. Sanción: Multa $4000 y 50 meses de presidio.
Artículo 4.4 Mostrar el arma de fuego en público sin salvoconducto:
Aquel ciudadano que desenfunde su arma en la vía pública o frente a una multitud sin licencia para su porte legal. Sanción: Multa $2000, incautación de arma, y 35 meses de presidio.
Artículo 4.5 Compra de armas ilícitas:
Todo individuo que sea visto en fragancia adquiriendo cualquier tipo de arma ilícita. Sanción: Multa de $2000, incautación del arma, y 35 meses de presidio.
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