Capítulo IX: Delitos Estatales
De los delitos del Estado, prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
Artículo 9.1 Arbitrariedad:
A la autoridad o funcionario público que injustamente dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo. Sanción: Se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 1 a 6 meses.
Artículo 9.2 Funciones:
La autoridad o funcionario que falte a sus responsabilidades, evadiendo sus funciones y no promueva el respeto de las leyes. Sanción: Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 4 meses.
Artículo 9.3 Documentación:
Respecto a la documentación, se castigará a la autoridad o funcionario que robe, destruya o manipule cualquier tipo de documentación valiosa. Sanción: Incurrirá en las penas de prisión de 6 a 12 meses, multa de 20.000$ a 30.000$, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo 1 semana a 1 mes.
Artículo 9.4 Cohecho:
A todo funcionario público, independiente de su función, que reciba de un civil dinero o pertenencias con el fin de evitar la suscripción de cargos penales. Toda autoridad que sea parte de la cohecho será tomado como corrupción y será altamente penado. Sanción: Expulsión del organismo en el cual trabaje, multa de 50.000$ a 100.000$ y la inhabilitación para cumplir cargos públicos.
Artículo 9.5 Malversación:
La autoridad o funcionario que tome dinero de las arcas fiscales, de las empresas estatales o públicas y diera mal uso de este o promueva políticas y proyectos sin sentido que no beneficien a la población concurrirá en un cargo. Sanción: Incurrirán en la pena de prisión de 6 a 12 años y la inhabilitación a cargos públicos.
Artículo 9.6 Robos:
Todo aquel que en su calidad de funcionario público haga hurto o robo de dineros o materiales destinados para el uso estatal, será condenado e investigado por la fiscalía. Sanción: Incurrirán en la pena de prisión de 6 a 12 años y la inhabilitación a cargos públicos.
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