Capítulo X: Delitos contra el Dpto de Justicia
De los delitos contra el departamento de justicia
Artículo 10.1 Prevaricación:
El juez o magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta. Sanción: Será castigado con la pena de prisión de 1 a 4 años (Tiempo IC), multa 200.000$ a 600.000$, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de 1 mes a 1 año.
Artículo 10.2 Encubrimiento:
Todo aquel que con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice intervenga en la resolución del caso. Sanción: Será castigado con la pena de prisión de 4 a 6 años (Tiempo IC).
Artículo 10.3 Falso Testimonio:
El testigo que falte a la verdad en su testimonio en causa judicial o el que presente testigos y pruebas falsas en una audiencia. Sanción: Será castigado con la pena de prisión de 2 a 6 años (Tiempo IC) y multa de 100.000$ a 600.000$.
Artículo 10.4 Evasión de tribunales:
El que, citado en legal forma, dejare voluntariamente de comparecer, sin justa causa, ante un juzgado o tribunal en proceso criminal. Sanción: Será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 años o multa 50.000$ a 200.000$.
Artículo 10.5 Quebrantamiento de condenas:
Los que quebrantaren su condena o pena impuesta. Esto incluye escapes de prisión y fugas de la custodia policial. Sanción: Serán castigados con la pena de prisión de 60 a 80 meses adicionales a su condena.
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